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SEÑOR DIRECTOR:

Una señora congresista del sur dice que no votará por el abogado que el Presidente ha propuesto a la Corporación para asumir como fiscal nacional, dado que en su parecer ese profesional ha estado en su ejercicio litigante más del lado de los victimarios que de las víctimas; que espera un estándar ético más alto para estas nominaciones y que sería lo mismo que si se le solicitara votar por otro abogado defensor en un caso aún pendiente en los tribunales competentes.

Si esas son sus razones, serán. Pero es preocupante, por decir lo menos, que una legisladora se exprese así, cuando sus motivaciones impactan en la formación de normas que afectan a todo un país.

Lo es porque el rol del abogado defensor dedicado y eficiente es un requisito de validez de los procesos penales modernos. Si abandona su labor, por el asedio de la crítica, la prensa o por los contrarios que temen perder su caso, todo acusado que está todavía amparado por la presunción de inocencia, que la Constitución Política y los tratados internacionales en materia de derechos humanos que esa misma parlamentaria ha jurado respetar en la función pública que ejerce, le reconocen y mandan cuidar como límite a los abusos, puede resultar afectado por una condena ilegal. De ahí también que los congresistas defiendan el fuero irrenunciable que les ampara para evitar procesos utilitarios en su contra.

Si un abogado se excede o es negligente en el arte de la defensa, el tribunal respectivo y el tribunal de ética profesional lo castigarán, incluso suspendiendo su ejercicio. Pero si eso no ha ocurrido, la censura previa se basa en un prejuicio, y qué riesgoso sería legislar en base a prejuicios o sin antecedentes suficientes para emitir una opinión razonada y razonable.

Einstein dijo: “Es más fácil dividir un átomo que terminar con un prejuicio”. Por algo sería, y él sí que sabía.